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PREMIO JUNIOR PARA EMPRESAS ABIERTO PLAZO DE PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS HASTA EL 24 DE JUNIO DE 2017

El Premio Junior para Empresas fomenta el autoempleo y la promoción del tejido empresarial entre los jóvenes malagueños, premiando el espíritu emprendedor y estimulando el desarrollo económico de nuestra ciudad. (bases)

Dotación del Premio

  • 7.000 €

Beneficiarios

Podrán participar en la presente convocatoria, y por tanto resultar beneficiarios del 14º Premio Júnior para Empresas, aquellas empresas con personalidad física o jurídica constituidas en el ejercicio en curso o en los dos años naturales inmediatamente anteriores a la presente convocatoria, o que hayan iniciado su actividad empresarial en el mismo período, integradas mayoritariamente por personas menores de 35 años, y cuya actividad principal sea desarrollada en el término municipal de Málaga.

No podrán participar en la presente convocatoria aquellas empresas que hayan sido finalistas en ediciones anteriores del Premio Júnior de Empresas.

No podrán igualmente obtener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Criterios de Valoración

  1. Creación de empleo
  2. Originalidad
  3. Grado de consolidación de la empresa
  4. Contribución al desarrollo económico de la ciudad

Información de Interés: La cuantía concedida quedará sometida a las disposiciones legales vigentes en materia tributaria y de publicidad de las subvenciones públicas. Por favor, valore esta circunstancia antes de presentar su solicitud y actúe en consecuencia.

Plazo de Presentación de solicitudes

ABIERTO PLAZO DE PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS HASTA EL 24 DE JUNIO DE 2017

Si está interesado en participar, puede enviar sus datos pinchando en el siguiente enlace Solicitud

Documentación obligatoria

  1. Modelo de solicitud: deberá presentarse por duplicado.
  2. Memoria plan de empresa.
  3. Copia del Modelo censal 036 ó 037 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de alta en el censo de la empresa o del empresario.
  4. Copia del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en su caso.
  5. Copia del Documento Único Electrónico, si el alta de la empresa y/o empresario se ha producido a través del CIRCE. (En este caso no es necesario aportar por separado alta del 036/037 ni copia del alta del empresario)


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